Conoce el nuevo acuerdo universal sobre cambio climático
El Acuerdo de París aprobado el 12 de diciembre es el hito histórico más esperado para enfrentar mundialmente el cambio climático. Es un instrumento de alcance universal con el que se espera que 195 países reorienten su desarrollo hacia un mundo más sostenible, con menores emisiones y con capacidad de adaptarse a un clima más extremo.
La COP21 de París ha producido dos documentos importantes:
- El más importante, un documento de 12 páginas en su versión en inglés, llamado el “Acuerdo de París”, que entrará en vigor a partir del 2020, y será ratificado oficialmente por cada país en el entre abril 2016 y abril del 2017.
- Una “Decisión”, documento de 19 páginas que acompaña el acuerdo, y que establece los trabajos que los países deberán llevar adelante antes de que el acuerdo entre en vigor en el 2020.
En su preámbulo, el acuerdo aborda el cambio climático de manera integral, cruzando temas transversales como la justicia climática, los derechos humanos, la equidad de género, o los derechos de los pueblos indígenas, de manera tal que permita lograr un desarrollo sostenible y erradicar la pobreza.
A continuación, detallamos los principales temas abordados en el acuerdo.
El objetivo de temperatura global:
El acuerdo define como objetivo global mantener el incremento de la temperatura global “muy por debajo de los 2°C” -comparado con los niveles pre industriales-, y establece “proseguir los esfuerzos para limitar ese aumento de la temperatura a 1,5 ºC”.
El Panel Intergubernamental sobre Cambio Climático (IPCC) dejó claro que un calentamiento global de 2°C traerá consecuencias graves para los países particularmente vulnerables. Por ello, los líderes de países vulnerables hicieron un llamado al inicio de la cumbre, pidiendo que se logre un acuerdo ambicioso que establezca un límite más seguro de 1.5°C, pues para ellos -en particular las pequeñas islas- este aumento de temperatura significa la sobrevivencia de sus naciones.
Meta de reducción de GEI a largo plazo
Como meta de mitigación de largo plazo, los países se comprometen a “lograr que las emisiones mundiales de gases de efecto invernadero alcancen su punto máximo lo antes posible, teniendo presente que los países en desarrollo tardarán más en lograrlo, y a partir de ese momento reducir rápidamente las emisiones de gases de efecto invernadero”.
Además, el acuerdo plantea “alcanzar un equilibrio entre las emisiones antropógenas por las fuentes y la absorción antropógena por los sumideros en la segunda mitad del siglo”. Esto significa por una parte, disminuir las emisiones de GEI y por otra, compensar las emisiones restantes con mecanismos de captura de los gases, por ejemplo gracias a los bosques.
Según un estudio del Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), para poder limitar la temperatura en 2ºC, necesitamos lograr cero emisiones netas de CO2 entre el 2060 y el 2075. Pero si queremos limitarla en 1.5ºC, las emisiones netas de CO2 deben ser cero un par de décadas antes, entre el 2045 y 2050.
Adaptación:
El acuerdo establece por primera vez una meta global en adaptación y reconoce que “la adaptación es un desafío mundial que incumbe a todos”. Enfatiza el objetivo de “proteger a las personas, los medios de vida y los ecosistemas”, mientras precisa que se deben “tomar en cuenta las necesidades urgentes e inmediatas” de los países más vulnerables.
Además, recomienda que los países presenten de manera periódica reportes que incluyan entre otros los planes nacionales y las necesidades de apoyo en cuanto a adaptación.
El texto reconoce además “la importancia de contar con apoyo de la cooperación internacional para los esfuerzos de adaptación y de tomar en cuenta las necesidades de los países en desarrollo”. El acápite de financiamiento insta a los países a apoyar con la provisión de recursos financieros en estos temas.
Pérdidas y daños:
El tema de pérdidas y daños, -es decir, los efectos del cambio climático a los cuales un país ya no se puede adaptar, como las tormentas extremas o la subida del nivel del mar – finalmente fue reconocido en el acuerdo y quedó separado del artículo sobre adaptación, como lo pedían los países más vulnerables.
El acuerdo menciona la necesidad de un apoyo en cuanto a las pérdidas y daños, pero no establece metas concretas sobre este punto.
Además, reconoce el Mecanismo Internacional de Varsovia como mecanismo referente.
Financiamiento:
El mayor logro del acuerdo en el tema de financiamiento es que establece claramente la responsabilidad de los países desarrollados para proveer apoyo financiero a los países en desarrollo. Precisa que este financiamiento se destinará tanto a mitigación como a adaptación, de manera balanceada. Además, especifica que el aporte financiero de las naciones en desarrollo sólo será voluntario.
De otro lado, el texto reafirma que los países desarrollados apoyarán financieramente a los países en desarrollo por un monto de 100 mil millones de dólares anuales a partir del 2020, de acuerdo al compromiso asumido en la COP16 de Cancún (2010), aunque precisa que es un punto de partida.
El acuerdo especifica también que debe existir predictibilidad sobre el financiamiento, y que se debe contar con información cuantificable de los aportes de los países, por medio de declaraciones cada dos años. Este fue un pedido repetido muchas veces por los países en desarrollo.
Balance mundial de los avances:
El texto establece por primera vez un mecanismo de “balance mundial” (“global stocktaking” en inglés), es decir un balance del avance colectivo en el cumplimiento de los objetivos del acuerdo, en particular con respecto a los objetivos de temperatura, la meta de reducción de GEI a largo plazo y el financiamiento.
Este balance se realizará por primera vez en el 2023 y luego cada cinco años.
Contribuciones nacionales de mitigación:
El acuerdo establece la obligación para todos los países de comunicar cada 5 años sus contribuciones nacionales cuanto a la reducción de emisiones de GEI. Precisa que los compromisos presentados deben ser progresivamente mejores comparado a los anteriores, garantizando el aumento constante de la ambición.
A la fecha, más de 180 países, que representa más de 95% de las emisiones globales, han presentado sus contribuciones nacionales, hito que constituyó un gran logro en la COP21. Conozca más sobre las contribuciones presentadas aquí.
Transparencia y revisión:
El texto establece la obligación para todos los países de comunicar regularmente sus inventarios de emisiones y captura de GEI, garantizando la transparencia del proceso. Además, confirma las obligaciones mencionadas en otros artículos, en cuanto a la comunicación regular de información sobre la implementación de las contribuciones nacionales, la adaptación, el financiamiento provisto por los países desarrollados, y las necesidades en financiamiento por parte de los países en desarrollo.
El acuerdo precisa que la información provista será sometida a la revisión de un panel de expertos, pero que no podrá dar lugar a acciones punitivas contra los países.
Acción pre 2020:
La acción pre 2020, es decir la acción que se necesita en el periodo 2015-2020 -antes que entre en vigencia el acuerdo- debe asegurar que los países estén encaminados a cumplir con sus objetivos de reducción de emisiones, para poder lograr la meta conjunta de límite de calentamiento global.
Durante este tiempo los países deben redoblar los esfuerzos de identificar nuevas oportunidades de reducción de emisiones y colaborar voluntariamente para que sean implementadas, especialmente tomando en cuenta que con los iNDCs presentados estaríamos incrementando la temperatura en más de 2.7ºC. Es decir, no llegaríamos a la meta de 2ºC y menos a la aspiración al 1.5ºC.
Fuente: ConexiónCOP